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Daniela Catalán por inclusión de animales en la Constitución: “Que se contemple su individualidad, su sintiencia y que haya un deber estatal de protección hacia ellos”

La integrante de la Fundación Derecho y Defensa Animal señaló que países como Suiza y Alemania sí contemplan a los animales dentro de sus cartas fundamentales y que en Chile se les enmarca como parte del medioambiente.

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  • Jueves 24 de septiembre de 2020 - 12:10

Por Daniela Figueroa Videla

La Fundación Derecho y Defensa Animal lanzó una campaña que busca incluir un marco normativo de derechos de los animales, por primera vez en la nueva Constitución. Estación Central conversó con una de las integrantes de la fundación, Daniela Catalán quien dijo que “en lo últimos años en Chile ha habido un notable interés por el bienestar de los animales, pero que las leyes, como la de tenencia responsable, son insuficientes porque no hay una protección al animal como individuos”.

La integrante del área legislativa de la organización dijo que quieren “aprovechar este impulso para incluirlos en la Constitución”, informando que  en países como en Alemania, Suiza, Bolivia y Ecuador, los animales sí están presentes en cada una de sus constituciones.

Explicó que en Alemania, por ejemplo, hay una protección del Estado para los fundamentos de la vida y los animales, lo que se garantiza que se debe manifestar con la dictación de leyes. En Suiza, el pionero en esta materia, “existe un bienestarismo animal que asegura que la dignidad de los seres humanos, los animales,  el medioambiente”

Daniela Catalán, dijo que desde la Fundación contemplan, que para otorgarles protección a los animales, se debe considerar lo que lo que los animalistas llaman “sientiencia” que es la capacidad que tienen ellos, también, de sentir dolor y placer, no sólo los domésticos sino toda la fauna silvestre, en tanto que son seres vivos.

“Que se contemple su individualidad, su sintiencia y que haya un deber estatal de protección hacia ellos” lo que debe bajarse a leyes.

“Nuestra Constitución comprende un derecho al medioambiente en términos generales, pero no tiene una consideración específica hacia los animales como individuos. Incluso, por el año 2000, hubo un caso donde una municipalidad ordenó la matanza de lobos marinos  y muchas organizaciones animalistas se opusieron, pero la Corte no prosperó porque en la ley los animales no están considerados más que como parte del medioambiente”.

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