En fallo unánime, el Tribunal estableció que existe un “actuar arbitrario de Cuprum al denegar el giro íntegro de los fondos acumulados durante los años trabajados”.
Al respecto, María Angélica señaló que: “El sistema previsional de chile no da seguridad social,porque no le permite a la gente vivir dignamente con lo que ahorró durante su vida laboral”.
En su caso particular, la profesora explicó que su pensión no alcanza a cubrir el dividendo de su crédito hipotecario y que el Estado o sus empleadores no aportaron al monto de su fondo de pensiones, por lo que el tribunal consideró que se trata únicamente de su capitalización individual.
“Sabemos que el camino judicial es largo, creemos que va a haber una necesidad de acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, dijo, al tiempo que destacó la visibilidad que entrega a este tema el fallo de la Corte de Apelaciones de su ciudad.
Leer también
Caso Democracia Viva: Montes reitera que se enteró de irregularidades el 16 de...
Viernes 19 de abril de 2024
Corte Suprema resolvió que juicio a “Los Gallegos” sea de manera telemática
Viernes 19 de abril de 2024
Tribunal rechazó cautela de garantía solicitada por defensa de alcalde Jadue
Viernes 19 de abril de 2024