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Mauricio Daza: “La policía chilena es mediocre y está absolutamente descompuesta por la corrupción donde se suma una cultura de impunidad”

El experto en derecho penal se refirió a la figura de legítima defensa por el caso del homicidio del joven malabarista de Panguipulli, afirmando que “acá se cometió un delito y de eso no cabe ninguna duda”

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  • Lunes 8 de febrero de 2021 - 09:59

Tras el homicidio del joven Francisco Martínez en la ciudad de Panguipulli, Carabineros emitió un comunicado donde habló de “legítima defensa propia” por parte del efectivo de la institución que disparó en numerosas ocasiones al malabarista. Sin Tacos Ni Corbata quiso ahondar en esta figura legal con el abogado Mauricio Daza, quien en primera instancia sostuvo que “acá se cometió un delito y de eso no cabe ninguna duda”.

Consultado por los dichos del candidato presidencial de RN, Mario Desbordes, y ex ministro de Defensa, quien señaló que “aquí o en Alemania la policía dispara”, el abogado aclaró que en ese país europeo no existe el control preventivo de identidad sin ningún indicio, aludiendo que allá la policía sí es profesional.

“Allá (en Alemania) el alto mando no está involucrado en un caso de fraude por más de 38 mil millones de pesos, hasta el momento impune. Tampoco en Alemania existe una policía que tenga un departamento de inteligencia imputado de una asociación ilícita para falsificar pruebas como en el caso Huracán, ni tampoco el alto mando ni muchos de sus miembros están imputados por crímenes de lesa humanidad”.

En ese sentido pidió al candidato Desbordes hablar con más prudencia y conocimiento ya que no se puede hacer esta comparación: “La policía chilena es mediocre y está absolutamente descompuesta por la corrupción donde se suma una cultura de impunidad (…)

El experto en derecho penal explicó que para que se dé la legítima defensa, que es el actuar de una persona en defensa de sí misma o de un tercero, deben existir ciertas circunstancias específicas: que la persona que obra en legítima defensa haya sufrido una agresión ilegítima, que existe una necesidad racional del medio concreto que se emplea para impedir o repeler el ataque y que exista una falta de provocación suficiente por parte de la persona que se defiende.

Daza sostuvo que acá el punto de controversia tiene relación con el uso del medio concreto de defensa y que además “acá la persona que alega legítima defensa no es cualquier persona, estamos hablando de un funcionario público que se supone tiene determinadas competencias y capacitación y a quien el Estado le entrega un arma para resguardar el orden público”. Recordó que además la gravedad del caso reside frente a un control de identidad y no ante un delito flagrante.

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