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Convención Constitucional: Comisión de Derechos Fundamentales aprobó normas de salud y educación

Durante la jornada se realizaron votaciones en general que pueden sufrir modificaciones durante su tramitación en particular.

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  • Diario Usach

  • Miércoles 30 de marzo de 2022 - 23:06

Este miércoles, la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional aprobó, en general, normas de salud y educación que luego deberán ser vistas en particular. Para que estas se incluyan en el borrador de la propuesta de Carta Magna, todo lo visado debe cumplir con la regla de los dos tercios (103 escaños) en el pleno del órgano constituyente.

En lo que respecta a Salud, se aprobó la iniciativa popular de norma que señala que “el Estado de reconoce el derecho de toda la población al disfrute del más alto nivel posible de salud física, mental, espiritual, sexual y reproductiva de acuerdo a su origen cultural, y en un medioambiente saludable. Esto con el fin de que todas y todos puedan gozar del bienestar necesario para ser igualmente libres".

Por otro lado, se establece la creación de un “sistema único y universal de salud”, público y con financiamiento originado en un “fondo único que mancomune las cotizaciones de la población con impuestos generales. Estos se destinarán íntegramente a este sistema, avanzando hacia un modelo de financiamiento basado en impuestos generales de carácter progresivo y bajo los principios de la seguridad social".

Además, se visó la iniciativa que asegura el “derecho a la salud integral” de todas las personas. Aquí se estipula que el Estado deberá hacerse cargo de ese derecho a través de un sistema universal de salud de carácter nacional, público e integrado, regido por los principios de "equidad, universalidad, solidaridad, integralidad, interculturalidad, pertinencia territorial, descentralización, eficacia, calidad, enfoque de género, progresividad y no discriminación".

En materias de educación, la Comisión de Derechos Fundamentales aprobó la iniciativa indígena constituyente que indica que “las primeras naciones, a través de sus instituciones autónomas, tienen derecho a establecer, desarrollar, controlar y proyectar sus sistemas de educación ancestral en el marco de su propia comprensión y configuración de mundo".

A su vez, se rechazó la norma que permitía que el Estado garantice el derecho a la educación, el acceso a la educación sexual integral y el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos.

 

 

 

 

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