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Cámara Baja aprobó proyecto que prohíbe publicidad de casas de apuestas en el deporte

La iniciativa fue aprobada en general con 118 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones, en el primer trámite en el poder legislativo.

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  • Diario Usach

  • Miércoles 30 de noviembre de 2022 - 15:52

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en general el proyecto que prohíbe la publicidad de casas de apuestas online en eventos y clubes deportivos de cualquier disciplina.

La iniciativa fue aprobada en general con 118 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones, en el primer trámite en el poder legislativo. Ahora debe continuar su debate en particular y, posteriormente, deberá pasar al Senado.

En la discusión sobre la iniciativa, los parlamentarios llegaron a un acuerdo transversal de que las casas de apuestas son una actividad ilegal en Chile, que debe ser regulada por el Estado. 

Adempas, el diputado Andrés Celis presentó una indicación, ya que esta propuesta sería contradictoria con la postulación de Chile, junto a otros tres países, para organizar el Mundial de Fútbol 2030. Esto, ya que se propone eliminar la publicidad de juegos de apuestas en recintos deportivos.

¿Qué dice el proyecto?

La iniciativa prohíbe la celebración de cualquier tipo de acto o contrato, civil o comercial, sea a título oneroso o gratuito, entre empresas y/o sus representantes, cuyo giro consista en la operación de plataformas de apuestas en línea.

Además, establece sanciones como multas que van entre 150 a 2.000 UTM para los infractores. También, estipula que no pueden ser parte del directorio de una organización deportiva, sea profesional o no, quien tenga propiedad o acciones en empresas de apuestas en línea.

La iniciativa prohíbe la publicidad y el patrocinio de plataformas de apuestas en línea, “cualquiera sea el medio o soporte por el cual se transmita o publique y cualquiera sea el horario o evento en el cual se publicite o patrocine”.

Además, se prohíbe la publicidad de estas plataformas “en todo tipo de vestimenta, indumentaria o equipamiento de integrantes de organizaciones deportivas, cualquiera sea su denominación y disciplina deportiva, ya sean deportistas, cuerpo técnico, dirigentes, profesionales médicos o auxiliares"; y en recintos destinados a entrenamiento o a competencias”.

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