Un respaldo unánime tuvo en el Senado, el proyecto que modifica la legislación para excluir de los beneficios de rebaja de penas a quienes hayan cometido delitos de carácter sexual contra menores de edad.
Con la aprobación en general y en particular de esta iniciativa, ahora corresponde que la Cámara de Diputadas y Diputados la analice en tercer trámite constitucional.
Cabe recordar que en nuestra legislación no existen delitos de carácter sexual contra personas menores de edad, cuya pena en abstracto corresponde a la de presidio perpetuo, de modo que, siempre procederá respecto de estos condenados el beneficio de rebaja de condena, y sólo en el caso en que sea aplicable alguna de las otras causales de exclusión, se podría denegar la rebaja de condena.
Es por ello, que este proyecto busca incorporar los crímenes de carácter sexual contra personas menores de edad, dentro de las causales de exclusión de los beneficios regulados en la ley N° 19.856, basado en el hecho irrebatible de que los atentados contra la indemnidad y libertad sexual se encuentran entre las conductas que la sociedad considera de mayor reproche, siendo la violencia sexual en contra de las personas menores de edad las que producen una mayor y fuerte condena y rechazo.
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