Los ciclistas deben circular con casco protector y vestimenta o elementos retrorreflectantes siempre visibles por el frente y por detrás. Ésta y otras condiciones son parte del segundo y último reglamento de la Ley de Convivencia Vial. El documento, elaborado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, incorpora también cómo deben transportarse mascotas y cargas para su mayor seguridad.
El reglamento establece que los ciclos (bicicletas, scooter, etc.) deben tener sistema de frenos, huinchas o placas retrorreflectantes, un aparato sonoro, y focos de luz que deben permanecer encendidos media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida; y cada vez que las condiciones de visibilidad lo requieran. El texto fue sometido a consulta ciudadana y participaron más de 300 personas naturales y jurídicas.
En el caso de los ocupantes de los ciclos, éstos deben circular con casco y vestimenta o elementos retrorreflectantes de ubicación a libre elección, pero que deberán ser siempre visibles por el frente y por detrás.
La ministra Gloria Hutt explicó que “la implementación de la Ley de Convivencia Vial busca consolidar un cambio cultural basado en el respeto entre todas las personas que comparten el espacio público y un apego a las normas de tránsito. Esto apunta a poner en una posición de igualdad a todos los medios de transportes y proteger a los usuarios más vulnerables que son peatones, ciclistas y motociclistas”.
Quienes deseen transportar niños o niñas en su ciclo, deben contar con una silla o remolque que, al igual que el casco protector, cumplan con normas internacionales y que sean acreditados en el Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) del MTT.
El reglamento también se refiere al traslado de animales domésticos, que pueden ser llevados siempre que no alteren la maniobrabilidad, ni interfieran la visual del conductor. Además, es prioritario evitar el maltrato de la mascota o deterioro de su salud, por lo que el ciclista deberá tener dispositivos especiales, como canastos, sillas o remolques y se debe asegurar a los animales con arneses o elementos apropiados que no les causen daño y que impidan que el animal se suelte o caiga.
Por último, la Ley de Convivencia Vial establece las sanciones para quienes incumplan la normativa: se considera una infracción menos grave conducir un vehículo sin casco protector y otros elementos de seguridad, lo que contempla una multa de entre 0,5 y 1 UTM (entre $26.000 y $52.000 aproximadamente).
El #NuevoReglamento de la Ley de Convivencia Vial establece:
— Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (@MTTChile) July 29, 2021
🚲Autorización de ciclovías nuevas y existentes
🚴♂️Elementos de seguridad para ciclos y sus ocupantes
⛑️Acreditación de cascos
🧒👧Acreditación de asientos para el traslados de los más pequeños pic.twitter.com/OmVcrNEr8j
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