El Ministerio del Trabajo y Previsión Social informó que, en coordinación con el Ministerio de Hacienda, se acordó extender la vigencia de las normas sobre suspensión de los efectos de los contratos de la Ley de Protección del Empleo por un mes más, esto es, hasta el día 6 de octubre de 2021.
Con esta medida se prorroga la vigencia de las normativas que han hecho posible, desde abril de 2020, la suspensión temporal de contratos de trabajo, producto de actos o declaraciones de autoridad (ejemplo: cuarentenas) o por pactos de suspensión. Además, la extensión otorga derecho a un giro adicional con cargo al Fondo de Cesantía Solidario del Seguro, es decir, hasta 19 giros.
“Nuestra economía se está recuperando fuertemente. Hoy no hay ninguna comuna en cuarentena, muchas están en fases que permiten mayor movilidad y aforo, y con ello, se está recuperando fuertemente el empleo. Estamos en un momento de reactivación y apertura, y contamos con múltiples ayudas del Estado para incentivar el empleo, apoyar a las familias y a las pymes a recuperarse con fuerza”, destacó el ministro de Trabajo, Patricio Melero.
Asimismo, se extiende la vigencia de las leyes de Crianza Protegida que contienen la Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP), que permite extender la licencia postnatal por hasta 90 días, la suspensión unilateral del contrato de trabajo por motivos de cuidado, y un beneficio excepcional por hasta 90 días adicionales para las trabajadoras que han utilizado por, al menos, una vez la mencionada licencia.
En cuanto a la reducción temporal de la jornada de trabajo, esta se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2021.
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