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La Convención Constitucional aprobó el derecho a huelga y a la libre elección del trabajo

Además, el órgano constituyente visó que las organizaciones sindicales tendrán el derecho exclusivo para ejecutar las negociaciones colectivas.

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  • Diario Usach

  • Miércoles 11 de mayo de 2022 - 23:23

Este miércoles, el Pleno de la Convención Constitucional aprobó una serie de artículos referentes al trabajo y que serán incluidos en el borrador de la Carta Magna.

Entre lo visado aparece el texto que señala: "La Constitución garantiza el derecho a huelga de trabajadores, trabajadoras y organizaciones sindicales. Las organizaciones sindicales decidirán el ámbito de intereses que se defenderán a través de ella, los que no podrán ser limitados por la ley".

Además, el Pleno visó el texto que indica que "las organizaciones sindicales son titulares exclusivas del derecho a la negociación colectiva, en tanto únicas representantes de trabajadores y trabajadoras ante el o los empleadores".

Por otro lado, el Pleno aprobó el artículo que expresa que "toda persona tiene derecho al trabajo y su libre elección. Este comprende el derecho a condiciones laborales equitativas, a la salud y seguridad en el trabajo, al descanso, al disfrute del tiempo libre, a su desconexión digital, a la garantía de indemnidad, y el pleno respeto de los derechos fundamentales en el contexto del trabajo"

A su vez, "el Estado garantizará el respeto a los derechos reproductivos de las personas trabajadoras, eliminando riesgos que afecten la salud reproductiva y resguardando los derechos de la paternidad y maternidad".

En otros temas, el Pleno estableció la creación del llamado Sistema Nacional de Salud, una entidad que podrá estar integrado por prestadores públicos y privados. En este mismo sentido, “la ley determinará los requisitos y procedimientos para que prestadores privados puedan integrarse”.

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