La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la multa por 150 UTM (casi $8 millones) impuesta por el Consejo Nacional de Televisión contra el canal Mega por su cobertura del caso de la desaparición y muerte de Tomás Bravo.
La resolución sostiene que su decisión "se ajusta a la norma legal, al haber afectado la emisión cuestionada la dignidad de la familia del niño y, especialmente del tío abuelo que fue sindicado inicialmente, como responsable de la muerte del menor".
El fallo también señaló que, si bien se aplicó la multa contra una transmisión particular, este contenido fueemitido en dos jornadas y programas distintos sin ninguna diferencia editorial, "por lo que perfectamente pueden ser reprochables transmisiones entre las que media un espacio de tiempo, pero en las que se aborda la misma temática de manera inadecuada".
"Los canales de televisión en sus emisiones y reportajes deben respetar la dignidad de las personas evitando el sensacionalismo y la victimización secundaria, vulneraciones que se habrían producido en el reportaje en cuestión", concluyó la sanción.
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