Durante este jueves, el Presidente Sebastián Piñera presentó el proyecto de ley que crea un Nuevo Código Penal para Chile, en su mayor modernización en casi 150 años.
“Este nuevo Código Penal, junto con poner la legislación penal chilena al día con los más altos estándares jurídicos, también actualiza y moderniza su contenido, recodifica buena parte de la legislación penal que hoy está dispersa en múltiples leyes especiales e introduce cinco grandes innovaciones, todas ellas con un solo propósito: proteger mejor las libertades, las seguridades y, en consecuencia, la calidad de vida de nuestros compatriotas", señaló el Presidente Piñera desde el Palacio de La Moneda, acompañado por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín.
La iniciativa establece delitos que antes no estaban considerados (entre ellos el hostigamiento, la extorsión, la utilización indebida de subvenciones públicas, la publicidad falsa o engañosa grave, la ciberdelincuencia, y el atentado contra la seguridad en el trabajo).
Con el nuevo texto se establecen penas que dependen de la gravedad del delito: la prisión; la reclusión, que puede cumplirse en la cárcel o en el domicilio del condenado; la libertad restringida, que se cumple controlada por un delegado y por monitoreo telemático; la multa; y el servicio en beneficio de la comunidad.
El nuevo Código también establece penas realmente efectivas y que en su aplicación serán, en general, más elevadas que hoy existen. “De esta forma, estamos agravando las consecuencias de cometer delitos y, por lo tanto, desincentivando la comisión de esos delitos”, dijo el Presidente.
Una nueva innovación de este nuevo Código Penal es que establece consecuencias adicionales al delito, más allá de las penas como, por ejemplo, el comiso de las ganancias de los narcotraficantes, que a diferencia de lo que ocurre hoy día, va a permitir decomisar al delincuente todo el patrimonio que haya obtenido de manera ilegal, aún sin necesidad de que exista una condena definitiva y aunque esté en manos de terceros.
Además, este proyecto contempla inhabilitaciones al condenado para ejercer ciertos cargos. Por ejemplo, quien haya cometido delitos sexuales contra niños, niñas o adolescentes no podrá ejercer ninguna profesión u oficio que tenga alguna relación con menores de edad. Lo mismo en los casos de delitos como fraudes electorales, prevaricación o cohecho, que tendrán prohibición de acceder a cargos públicos.
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