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“Regional, plurinacional e intercultural”: Convención aprobó 28 artículos que definen el Estado chileno

Las Constituciones de 1833, 1925 y 1980 consagraron a Chile como un país con un “Estado unitario”, por lo que la actual propuesta jurídica se enfoca en cambiar la mirada sobre la distribución territorial del poder.

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  • Diario Usach

  • Jueves 17 de febrero de 2022 - 07:35

 Tras una nueva jornada maratónica de discusión y votación, la Convención Constituyente aprobó en general 28 de los 36 artículos propuestos por la Comisión de Forma de Estado, Ordenamiento, Autonomía, Descentralización, Equidad, Justicia Territorial, Gobiernos Locales y Organización Fiscal.

Entre las normas aprobadas, destaca el artículo 1° que determina que Chile pasará de ser un estado unitario (como lo dicta la constitución actual) a un estado regional, con “entidades territoriales autónomas”.

Además, en el artículo 2°, aprobado con 112 votos a favor, 32 en contra y 8 abstenciones, sostiene que "Chile es un Estado Regional, plurinacional e intercultural conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado".

Durante la misma jornada, 128 convencionales aprobaron que “Chile, en su diversidad geográfica, natural, histórica y cultural, forma un territorio único e indivisible”.

Al respecto, el convencional Claudio Gómez, explicó al Estado Regional como “un mecanismo, una forma intermedia entre el Estado unitario y el Estado federal, cuya finalidad es entregar autonomía a las entidades territoriales con el objetivo de terminar con históricas inequidades territoriales que hemos tenido en nuestro país”. 

Cabe recordar que las Constituciones de 1833, 1925 y 1980 consagraron a Chile como un país con un “Estado unitario”, por lo que la actual propuesta jurídica se enfoca en cambiar la mirada sobre la distribución territorial del poder, por medio de la creación de regiones autónomas, comunas autónomas, autonomías territoriales indígenas y territorios especiales. 

“Buscamos consagrar a los territorios como verdaderas comunidades políticas. En el caso de las regiones autónomas, para lograr que puedan tener una autonomía real, se propone la existencia de un órgano regional con potestades legislativas exclusivas sobre materias de competencia de la región y autonomía financiera para sus ingresos y gastos que descentralice financieramente el país”, puntualizó la constituyente Tammy Pustilnick. 

Otra norma aprobada que introduce un nuevo concepto, es la referida al Maritorio. Al respecto, la convencional de Escaños Reservados del pueblo Rapa Nui, Tiare Aguilera, argumentó a favor de esta norma sobre el “carácter oceánico de Chile”. En específico, el Maritorio puede entenderse como una parte del territorio, el cual se hace cargo de las diferentes formas de habitar, experimentar y vivir con el mar, comprendiendo a este espacio en su dimensión de forma integral entre material y tangible y lo cultural e intangible.

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