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Senado despachó la llamada Ley Antonia

La iniciativa da una definición para la violencia de género e incorpora la figura penal de inducción al suicidio.

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  • Diario Usach

  • Miércoles 31 de agosto de 2022 - 20:08

Este miércoles, el Senado aprobó y despachó a ley la normativa que incorpora la figura penal de la inducción al suicidio y el suicidio femicida, conocida como "Ley Antonia".

Dicha iniciativa, modifica diversos cuerpos legales para mejorar las garantías procesales, proteger los derechos de las víctimas de los delitos sexuales, y evitar su revictimización.

La Cámara Alta del Congreso ratificó de forma unánime el informe de la Comisión Mixta que incorporó las figuras de inducción al suicidio y el suicidio femicida, castigando a quien, en el marco de violencia de género, cause el suicidio de una mujer, recibiendo hasta 10 años de pena (presidio menor en su grado máximo, a presidio mayor en su grado mínimo como autor de suicidio femicida).

La medida, además, define que la violencia de género es cualquier acción u omisión basada en el género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer. Ello, donde quiera que esto ocurra, especialmente en razón de su género.

Asimismo, respecto a la inducción al suicidio, se castigará a quien lo induzca con hasta 3 años de presidio (presidio menor en sus grados mínimo a medio).

Y si se concreta la muerte de la víctima, la pena máxima será de 5 años (presidio menor en sus grados medio a máximo).

Por otro lado, si la inducción al suicidio y la consecuente muerte de la víctima se produce con ocasión de concurrir alguna de las circunstancias relativas a la razón de género, el agresor recibirá la pena de hasta 10 años (presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo).

“Este es un avance relevantísimo para sancionar conductas graves que han afectado a –principalmente- mujeres, provocando injusticias y dolores irreparables como es la pérdida de vidas”, expresó la presidenta de la Comisión Mixta, senadora Claudia Pascual.

 

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