Por Rodrigo Alcaíno Padilla
En diálogo con Sin Tacos Ni Corbata, el subsecretario del Trabajo ahondó en los alcances de la Ley de Protección al Empleo.
Al respecto, la autoridad señaló sobre esta ley transitoria, que las grandes empresas pueden utilizarla, pero aquellas que mantienen sus utilidades e ingresos no. Aseguró que la Dirección del Trabajo está trabajando con la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) en la fiscalización, y a comienzos de mayo se va a publicar un registro público de empresas que se han acogido.
Según el subsecretario, las penas para quienes se acojan indebidamente a esta ley "puede ser de presidio menor en su grado máximo, 5 años de presidio. Pero no sólo eso, también se establece la imposibilidad de contratar con el Estado por dos años. Y además se establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas, muy excepcional en nuestra legislación, que puede llevar a su disolución. La ley es muy drástica".
"Nos vamos a preocupar que el reproche jurídico para aquellos que no cumplen con los requisitos sea drástico" aseveró Arab
Respecto a las trabajadoras de casa particular, la autoridad señaló que la ley las considera, ya que autoriza que se anticipe el cobro de indemnización a todo evento, durante un periodo del suspensión y el empleador sigue cotizando. Agregó que este beneficio puede ser insuficiente, pero señaló que están buscando fórmulas, para este sector u otros.
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