Para muchos, el proceso constituyente no ha sido bueno, ni bonito y tampoco barato. A pocos días de haberse presentado la propuesta de la nueva constitución, me parece necesario poner a prueba algunos artículos, particularmente, los pasajes dedicados al patrimonio, la cultura y la ciencia, considerando las declaraciones internacionales de Budapest (2003), Bethesda (2003) y Berlín (2003), las tres b’ dedicadas a la ciencia abierta y patrimonio cultural.
Estas declaraciones internacionales, celebradas en estas tres ciudades, dieron el pie para que las comunidades científicas y culturales a nivel mundial, se pongan a trabajar en el acceso abierto (AA), poniendo a disposición los conocimientos y los saberes culturales en plataformas de acceso libre y de manera gratuita en internet, para que todas las personas puedan consultarlas sin limitaciones, respetando las autorías y a los custodios del patrimonio cultural.
Todos estos planteamientos fueron apoyados por distintas naciones e instituciones internacionales. Sin embargo, no fueron considerados en la reforma constitucional que se llevo a cabo en el año 2005, poco después de que se realizaron estas celebres reuniones. Mas recientemente, en el año 2017, se redactó la ley 21.045 que constituyó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Y, por último, en el año 2018, se escribió la ley 21.105, que formó el Ministerio de la Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
En la actualidad, la propuesta constitucional que hizo la Convención, nos presenta en varios artículos, un conjunto de normas que están destinadas a la cultura, el patrimonio y la ciencia. Por este motivo, nos detendremos a mencionar algunos de estos pasajes que nos parece necesario destacar.
Sobre las normativas dedicadas a la cultural, podemos mencionar el fomento y el acceso al libro, junto al fortalecimiento del sistema de bibliotecas públicas y comunales (cap. II, art. 94). Del mismo modo, se señala que debe existir una libertad de acceso a la conectividad digital (cap. II, art. 86). También, se estipula la protección de los derechos de autor para las obras artísticas, científicas e intelectuales (cap. II, art. 95).
Otro elemento que hay que destacar, es el reconocimiento y la valoración de los patrimonios culturales y naturales (cap. II, art. 101), particularmente, de las comunidades indígenas (cap. II, art. 102) y afrodescendientes (cap. II, art. 93), que habitan el actual territorio nacional. Del mismo modo, en que se propone el respeto y protección de los distintos idiomas que se hablan en el país (cap. II, art. 100), además, de proteger, restituir y valorar el patrimonio cultural indígena (cap. II, art. 102).
En lo que respecta a ciencia, podemos señalar la consagración a la participación en el proceso de creación, desarrollo, conservación e innovación en los distintos sistemas de conocimientos (cap. II, art. 96). En otras palabras, aquí se reconoce la existencia de distintos tipos de conocimientos, científicos, artísticos y culturales.
De igual modo, se declara la valoración a los conocimientos de los pueblos originarios en esta propuesta constitucional. Igualmente, se garantiza la libertad para la investigación científica en las distintas áreas de los conocimientos, fomentando la descentralización y trabajo transdisciplinario (cap. II. Art. 97). Y, por último, se señala al Consejo Nacional de Bioética, como agente responsable de asesorar a los órganos del Estado en temas de responsabilidad, solidaridad y cooperación, entre otros.
Si pensamos en este conjunto de artículos, podríamos señalar que los planteamientos de las declaraciones internacionales de Budapest, Bethesda y Berlín (las tres b’s), si se tomaron en cuenta en esta propuesta de nueva constitución. Que se consagre el fomento al libro, es una señal clara del valor que tienen los libros y las bibliotecas, en la difusión de las culturas, las ciencias y los conocimientos que se están desarrollando en Chile.
Del mismo modo, fortalecer los sistemas de conocimientos y fomentar la investigación descentralizada y transdisciplinaria en el marco de la responsabilidad social, solidaridad y cooperación, respetando los derechos de los autores y a los custodios de los patrimonios culturales, considerando a los pueblos indígenas y afrodescendientes, es un avance sustancial hacía el desarrollo de la ciencia abierta, en donde, los conocimientos, saberes y actividades culturales que sean desarrolladas con fondos públicos, puedan estar a disposición de todo el público.
Entendiendo que la adaptación a nuevas normas es un proceso de largo aliento para los ciudadanos y las instituciones, esta redacción también presentó dos artículos que permiten avanzar progresivamente en el desarrollo de una sociedad abierta a la ciencia. Por este motivo, podemos ver como se consagra la educación digital (cap. II. Art. 90) y educación medioambiental (cap. III, art.127), dos elementos fundamentales para que las nuevas generaciones puedan desarrollarse en un mundo digital teniendo respeto y protegiendo nuestro entorno natural.
Por último, podríamos discutir sobre el proceso constituyente: señalar que no fue bueno para algunos, que tampoco fue bonito -considerando el caso de Rojas Vade- o que no fue barato, debido a la polémica que se generó en torno a la visita de la convención en Antofagasta. Sin embargo, si leemos la propuesta que entregó la convención después de un año de trabajo, podemos afirmar que hay avances significativos en el desarrollo de las ciencias, las culturas y los patrimonios, y sobre todo, que fue una buena decisión guiarse por los acuerdos internacionales que nos van acercando a ser una sociedad abierta a los distintos conocimientos que se desarrollan en Chile y el mundo.