El 15 de septiembre recién pasado se publicó la Ley N°21.369 que prohíbe el acoso sexual, la violencia y discriminación de género en las instituciones de educación superior en Chile.
Esta nueva ley significa un reconocimiento y un rechazo a las viejas prácticas constitutivas de violencia de género en sus diversas manifestaciones, como hostigamiento, discriminación sexista, sexual y de género, entre otras, todavía muy presentes al interior de las comunidades educativas.
La Ley N°21.369 obliga a las instituciones de educación superior a diseñar e implementar una política integral contra la violencia de género lo que, antes de la dictación de esta norma, se regulaba de manera voluntaria con la creación de normativas internas y protocolos con mayor o menor desarrollo técnico y efectividad, de acuerdo a la realidad de cada institución.
Es por eso que la ley será una herramienta altamente valorada por las unidades especializadas en género existentes al interior de las instituciones de educación superior, las que, desde 2018, demandan un mayor reconocimiento y mayores atribuciones para el tratamiento de la violencia de género.
El “Mayo Feminista” de 2018 puso en el centro de la discusión una temática conocida por todas y todos: la naturalización y tolerancia de la sociedad y sus instituciones frente a conductas constitutivas de violencia de género.
Con gran notoriedad las estudiantes feministas universitarias instalaron el foco en lo que sucedía al interior de sus instituciones, evidenciando que en los espacios educativos y de formación, la discriminación de género también se transmitía y reproducía de generación en generación.
A partir de esas movilizaciones, el país y la educación superior comprendió que no habría vuelta atrás respecto de las consignas que exigían asegurar ambientes más igualitarios, seguros, libres de violencia y discriminación de género. Consignas que no son producto de un movimiento social particular y pasajero, sino que responden a reivindicaciones por las que se ha luchado durante décadas.
En el mismo sentido, es importante recalcar que cuando hablamos de violencia de género, estamos hablando también de derechos humanos. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos reconoce como una violación a los derechos fundamentales de las personas las discriminaciones en razón al género, la violencia y las brechas que impiden alcanzar el desarrollo de las potencialidades de las personas que, estructural e históricamente se encuentran con barreras que vulneran el acceso a más y mejores oportunidades y las expone a malos tratos.
El 2017 la Universidad de Santiago de Chile elaboró de manera triestamental su primer protocolo contra el acoso sexual, la violencia de género y la discriminación arbitraria por motivos de género y, al año siguiente, lo actualizó configurando la normativa que hoy se mantiene vigente.
Con la dictación de la Ley N°21.369, los esfuerzos institucionales orientados a crear condiciones más igualitarias para todas las personas en la educación superior se refuerzan, se transforman en una obligación, ya no sólo interna respecto de las personas particulares que integran las comunidades educativas, sino que también permea la mirada de las propias instituciones, como las unidades académicas y administrativas, reconociendo un papel central a la igualdad de género en el ejercicio de sus objetivos.
Para muchas universidades, incluida la Universidad de Santiago de Chile, esta ley constituye un respaldo al trabajo persistente en materia de género y derechos, plasmado en procedimientos y protocolos internos. También significa nuevos desafíos que obligan a repensar la orgánica que hasta ahora existe y un llamado a complementar nuestra institucionalidad de género.
En ese camino de fortalecer institucionalidad, la Universidad de Santiago de Chile cuenta en su Plan Estratégico Institucional 2020-2030 con un eje de inclusión e igualdad de género. El nuevo Estatuto Orgánico hace suyo el compromiso con la equidad de Género y, actualmente como institución, se ha iniciado la construcción de una Política Igualdad de Género y Diversidad que guiará el funcionamiento y la forma de relacionarnos al interior de nuestra comunidad.
Todos estos esfuerzos se explican en el cambio cultural y normativo que vive la sociedad. La nueva ley impone obligaciones en materia de prevención de la violencia de género, de procedimientos de investigación y sanción de conductas constitutivas de acoso sexual, violencia y discriminación de género.
Además, entre otros requerimientos, la ley exige a las instituciones de educación superior que la política integral contra la violencia de género se construya con la participación de la comunidad educativa y de manera paritaria, lo que sin lugar a dudas evidencia un cambio en la manera de entender la regulación al interior de los planteles educativos.
Las instituciones tendrán un año para cumplir con los nuevos desafíos legales. Mientras eso ocurra, no podemos olvidar que la violencia de género es un problema social que requiere un tratamiento constante y cotidiano para respetar el desarrollo progresivo de los derechos de todas las personas.