- El anteproyecto de nueva Constitución establece que Chile es un Estado Social de Derecho, pero precisa que “con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas”.
- Además, en el artículo 24 se señala que los derechos a la salud, a la vivienda, al agua y al saneamiento, a la seguridad social y a la educación deberán atender al “empleo del máximo de recursos disponibles, con responsabilidad fiscal”.
- Por otro lado, la actual Constitución contempla a la responsabilidad fiscal como una iniciativa exclusiva del Presidente.
El anteproyecto relaciona al Estado Social de Derecho con la responsabilidad fiscal, lo que representa una novedad con respecto a la actual Constitución. Sin embargo, es un concepto central para entender la manera en que el Estado promoverá los derechos sociales.
Al respecto, Leslie Sánchez Lobos, integrante de la Comisión Experta, sostuvo que “este nuevo principio fundamental le otorga al Estado un rol distinto, más protagónico, que tiene que ver con asumir más responsabilidad respecto a ciertos derechos y no dejarlo todo en manos de privados, lo que no significa que los privados dejen de existir”.
“El Estado social y Democrático de Derecho permite que subsistan los privados y el Estado, pero la diferencia es que el mayor responsable es el Estado”, agrega.
¿De qué manera se lograrán compatibilizar?
El académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago, Luis Bobadilla, argumentó que no está clara la forma en que los derechos sociales conviven con el concepto de responsabilidad fiscal. “Es un misterio finalmente porque simplemente se fijan ciertos límites como la progresividad y la responsabilidad fiscal. Entonces, yo creo que quizás esto se va a revelar en el desarrollo de las políticas públicas. Lo que establece la propuesta actual son límites”, indicó.
En esa línea, Bobadilla precisó que “hay que comprender que toda necesidad implica la utilización de recursos públicos, los recursos públicos son finitos. Por lo tanto, el Estado va a proveer de acuerdo a los términos actualmente establecidos. Va a proveer esos bienes y servicios en la medida en que disponga de recursos”.
Disponibilidad de recursos
Para el abogado es evidente que algunos derechos sociales no podrán ser implementados por el principio de responsabilidad fiscal. “Es lo más probable. En la medida en que un texto constitucional garantiza mayor cantidad de derechos, también uno siempre tiene que tener presente que hay una contra mirada que tiene que ver con la disponibilidad de recursos”, dijo.
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