La Comisión de Gobierno Interior despachó a la Sala el proyecto de ley, originado en mociones refundidas, que regula el consumo de drogas por parte de autoridades y la probidad.
La iniciativa señala que no podrá ser Presidente/a de la República, diputado/a ni senador/a quien tuviese dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales. La salvedad estaría dada en tanto se justifique su consumo por un tratamiento médico.
La limitante también aplicará para subsecretarios/as; jefes/as superiores de servicio, directivos/as superiores de un órgano u organismo de la administración del Estado; delegados/as presidenciales regionales o delegados/as presidenciales provinciales; gobernadores/as regionales; consejeros/as regionales; alcaldes/as o concejales/as.
Para asumir estos cargos se deberá prestar una declaración jurada. En ella se acreditará que no se encuentra afecto a esta causal de inhabilidad y acompañar un examen médico que la respalde.
En este plano, el examen deberá realizarse en un laboratorio autorizado por el Ministerio de Salud y que cumpla con los estándares internacionales en base a una muestra de cabello y, a lo menos, una vez al año durante el ejercicio del cargo.
La comisión respaldó, además, que los resultados sean públicos y estén disponibles en los registros electrónicos institucionales respectivos.
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