La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva y final en el emblemático Caso Quemado y condenó a miembros del Ejército por su responsabilidad en el homicidio calificado, consumado, del fotógrafo Rodrigo Rojas de Negri y homicidio frustrado de Carmen Gloria Quintana, ocurrido en julio de 1986, en la comuna de Estación Central.
Ambos jóvenes fueron interceptados, golpeados y quemados por una patrulla militar, para luego ser abandonarlos en Quilicura. Rojas murió tras agonizar durante varios días. Carmen Gloria Quintana sobreviviría con graves secuelas y un 68% de su cuerpo quemado.
A casi 38 años del crimen, la justicia condenó a la pena única de 20 años de presidio mayor a Pedro Fernández Dittus, quien había sido absuelto en fallo de primera instancia, Iván Figueroa Canobra, Julio Castañer González y Nelson Medina Galvez.
En tanto, los entonces soldados conscriptos Leonardo Riquelme Alarcón, Walter Ronny Lara Gutiérrez, Juan Ramón González Carrasco y Pedro Franco Rivas fueron condenados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertada vigilada intensiva, como cómplices.
En el caso de los condenados René Muñoz Bruce y Francisco Vásquez Vergara deberán purgar 3 años y un día de presidio, como encubridores de homicidio calificado consumado, más 541 días de reclusión, como encubridores de homicidio calificado frustrado.
Finalmente, Sergio Hernández Ávila, Osvaldo Astorga Espinoza y Luis Zúñiga González fueron absueltos de todos los cargos.
Para el abogado de Carmen Gloria Quintana, Nelson Caucoto Pereira, el fallo del máximo tribunal "significa poner término a un largo proceso, muy tortuoso en su desarrollo, donde había que controvertir una tesis oficial asentada por el mismísimo dictador, en cuanto a que los jóvenes se quemaron así mismo porque portaban en sus ropas las bombas incendiarias. No fue fácil revertir esa hipótesis, la que fue refrendada por los militares que declararon ante la justicia militar. Algunos le echaron la culpa a Carmen Gloria en cuanto fue ella quien pateó unas botellas con elementos inflamables, provocando que éstas explosionaran y provocaran grandes llamaradas que quemaron a las víctimas”, señala.
Caucoto, indica que “todo ello fue preparado e hilvanado desde las más altas esferas militares, con el concurso de una funcional justicia castrense que se prestó para ese fraude judicial, que hoy deja al descubierto la Corte Suprema, como antes lo había hecho la Corte de Apelaciones. Todo es un espanto, algo inaceptable desde todo punto de vista. Esa justicia militar había condenado a Fernández Dittus a 600 días de prisión. Hoy se le condena a 20 años de presidio, las distancias son siderales. Ojo con esos fallos de la Justicia Militar de esa época, porque trajeron grandes sufrimientos al pueblo de Chile".
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