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Comercio ambulante en Chile: casi la mitad de las municipalidades no tiene ordenanza que regule a vendedores informales

Entre las que sí cuentan con ordenanza, estas tienen un promedio de antigüedad de 9 años.

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  • Diario Usach

  • Lunes 7 de octubre de 2024 - 08:33

A tres semanas de las elecciones municipales, la Cámara Nacional de Comercio (CNC) entregó los resultados de la "Radiografía a la regulación y cumplimiento municipal del comercio ambulante en Chile", estudio que tenía como finalidad revelar cómo funcionan los municipios en relación a las ventas informales.

De acuerdo a lo informado por Emol, una de las conclusiones del informe señala que un 47% de las municipalidades no cuenta con una ordenanza específica que regule el comercio en la vía pública (dentro del cual está el "ambulante"). "Esto conlleva -se especifica- que existan comunas en que no se regula ningún requisito o control de este tipo de comercio, o su regulación se mezcla con otros temas como las reglas por patente de alcoholes o las ferias libres".

Por su parte, el estudio asevera que entre las que sí cuentan con ordenanza, estas tienen un promedio de antigüedad de 9 años desde su última actualización, donde un 36% tiene una antigüedad de más de 10 años.

María José Rojas, asesora legal de la CNC y autora del informe dice que "a tres años de la entrada en vigencia de la ley de comercio ilegal, que establece, en relación al comercio ambulante, dos obligaciones específicas para las municipalidades, tenemos que 7 de 10 no lo están cumpliendo. Respecto a los lugares en que el comercio ambulante puede estar dentro de las comunas, las municipales no lo están regulando. Y no existe tampoco el registro fotográfico de las personas que sí tienen permiso".

Cabe destacar que este tipo de comercio no es el mismo que el ilegal. El comercio ambulante no es una actividad ilícita o fuera de norma, sino que es un tipo de comercio que se desarrolla en bienes nacionales de uso público y que se encuentra normado. Las reglas establecen así, por ejemplo, que se pague un valor por el permiso, que la Municipalidad determine donde se puede o no establecer y que se tenga un registro fotográfico de quien lo ejerce.

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