La Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que establece y regula los registros audiovisuales de las policías, por lo que será obligatorio que efectivos de Carabineros y de la Policía de Investigaciones (PDI) porten cámaras corporales durante ciertos procedimientos.
El texto pretende entregar más claridad, transparencia y probidad, en el uso de esta tecnología, cuando estén en juego las garantías constitucionales de las personas.
Según detalló desde el Congreso la ministra del Interior, Carolina Tohá, "este proyecto va a establecer por ley la validez de los registros que hacen las cámaras que ocupan los policías".
"Esto hasta ahora era motivo de discusión y dependía de cada juez la validación que le daban las imágenes que se presentaban en el contexto de los juicios y que habían sido registradas por estas cámaras corporales que ocasionalmente ocupan las policías", agregó.
En caso de Carabineros, primero se aplicará en las unidades COP, OS7 y OS9, y en la PDI serán las Brigadas de Crimen, Brigadas Antinarcóticos, Reacción Táctica, Brigadas de Crimen Organizado y Brigadas de Operaciones Policiales.
En el trámite en el Senado, se estableció que mediante decreto supremo se establecerá qué unidades que deberán utilizar estos sistemas. Estas podrán ser modificadas cada tres años a solicitud de las instituciones beneficiadas.
El proyecto define que, en el procedimiento penal, las policías podrán utilizar sistemas de registro y almacenamiento audiovisual. Esto ya sea en lugares públicos, de libre acceso u otros que permita la ley.
Respecto de la obligatoriedad de portar las cámaras, la secretaria de Estado indicó que "en una primera instancia vamos a partir con las unidades especiales que tienen tanto Carabineros como la PDI estableciendo esta obligatoriedad, pero cada tres años el Ejecutivo va a ir renovando la disposición de fuerzas que se vayan sumando que tengan esta obligatoriedad".
"Evita abusos policiales, pero protege también a las policías, evitando denuncias irresponsables o infundadas. La gracia de tener un sistema de este tipo es que genera una garantía para toda la sociedad, para funcionarios policiales y para ciudadanos que son objeto de las operaciones policiales", cerró la titular del Interior.
Sanciones
La nueva norma establece que las imágenes y/o sonidos registrados deberán ser entregados al Ministerio Público. Aquellos obtenidos en lugares o situaciones distintas, o si estos no resultaren útiles para la investigación, serán destruidos una vez transcurridos dos años desde la captura de los mismos. Esto, previa orden de destrucción emanada por el Ministerio Público.
Se castigará a las y los funcionarios policiales que -sin orden previa- modifiquen, oculten, eliminen o alteren de cualquier forma los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual.
Aparte de las penas correspondientes por dichos delitos, serán sancionados con la suspensión del empleo en su grado máximo. Junto a esto, tendrán una multa de 15 a 20 UTM.
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