El pleno de la Comisión Experta aprobó este miércoles una parte de los artículos estipulados en el capítulo 2 del anteproyecto de nueva Constitución, titulado como "Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales".
Respecto a nacionalidad y ciudadanía, se consignó que la ciudadanía se perderá "por condena por delitos que la ley califique como conducta terrorista y los relativos al tráfico de estupefacientes y que hubieren merecido además pena aflictiva".
Asimismo, se indicó que "el derecho a optar a cargos de elección popular se suspende únicamente por hallarse la persona acusada por delito que merezca pena aflictiva".
En tanto, sobre las "Garantías de los Derechos y Libertades", se señaló que "la ley podrá regular, limitar o complementar el ejercicio de los derechos fundamentales", y que "el Estado deberá adoptar medidas adecuadas para realizar los derechos a la salud, a la vivienda, al agua y al saneamiento, a la seguridad social y a la educación".
Sobre los estados de excepción se mantuvieron los cuatro vigentes, advirtiendo que "el ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución asegura a todas las personas sólo puede ser afectado bajo las siguientes situaciones de excepción: guerra externa o interna, grave conmoción interior, emergencia y calamidad pública, cuando afecten gravemente el normal desenvolvimiento de las instituciones del Estado".
"Para la declaración y renovación de los estados de excepción constitucional, el Presidente de la República y el Congreso Nacional considerarán la proporcionalidad y necesidad y se limitarán, respecto de su duración, extensión y medios empleados, a lo que sea necesario para el pronto restablecimiento de la normalidad constitucional", sumó la norma, a pesar de ser rechazada por Carlos Frontaura (Republicanos). Se abstuvieron Hernán Larraín (UDI), Marcela Peredo (exPDG y centroderecha), Katherine Martorell (RN) y Teodoro Ribera (RN).
Algo nuevo fue agregar el artículo que estipula que "es un deber de todos los habitantes de la República proteger el medio ambiente, considerando las generaciones futuras y prevenir la generación de daño ambiental. En caso que se produzca, serán responsables del daño que causen, contribuyendo a su reparación, en conformidad a la ley".
En línea con los "Derechos y Libertades Fundamentales" se acordó "el derecho a la vida. Se prohíbe la pena de muerte", y "el derecho a la integridad personal, que incluye el derecho a la integridad física y psíquica. Nadie será sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes".
También se determinó "el derecho a la igualdad ante la ley, a la igual protección de la ley y a la no discriminación. Ni la ley ni la autoridad podrán establecer diferencias arbitrarias. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiado. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre".
Otra de las normas aprobadas fue "el derecho a la libertad de expresión, información y opinión, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de las responsabilidades ulteriores por los delitos o abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad a una ley de quórum calificado".
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