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Corte de Rancagua confirmó la prisión preventiva del alcalde por corrupción

La Corte de Apelaciones confirmó la prisión para Juan Ramón Godoy Muñoz, como autor de los delitos de malversación de caudales públicos, fraude al fisco, lavado de activos y cohecho agravado, ilícitos perpetrados entre 2021 y 2023 en el ejercicio de su cargo.

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  • Agencias

  • Martes 16 de abril de 2024 - 07:36

La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la prisión preventiva del alcalde Juan Ramón Godoy Muñoz, como autor de los delitos de malversación de caudales públicos, fraude al fisco, lavado de activos y cohecho agravado, ilícitos perpetrados entre 2021 y 2023 en el ejercicio de su cargo.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa y confirmó la resolución del Juzgado de Garantía de Rancagua, al estimar que la libertad de Godoy Muñoz constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y para el éxito de la investigación.

El tribunal determinó que “según se detalla en la resolución impugnada y en la formalización, al imputado se le reprocha la comisión de múltiples delitos de cohecho agravado, en concurso con fraude al fisco, malversación de caudales públicos y lavado de activos, todos en carácter de consumado y en los que se le atribuye la calidad de autor, ilícitos que en esta etapa inicial de la investigación, se encuentran suficientemente justificados conforme al estándar antes señalado”.

Añadió que “el ente persecutor y los querellantes han dado cuenta de un conjunto de antecedentes documentales y testimoniales, sobre la participación que le corresponde al imputado en los ilícitos formalizados, detallándose su intervención en cada uno de los cinco episodios descritos en la formalización, en los que también se precisa la participación de los terceros involucrados en las distintas operaciones fraudulentas”.

Agregó que “conforme a lo anterior, los cuestionamientos efectuados por la defensa ante esta Corte, respecto de ciertos hechos puntuales de la formalización, no tienen la virtud necesaria para afectar el grueso de la imputación, sobre todo considerando la multiplicidad de los delitos, su carácter de reiterados y la gravedad de la pena asociada a los mismos”.

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