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Formulan 4 cargos contra Minera Ojos del Salado por socavón en Tierra Amarilla

El superintendente del Medio Ambiente (s), Emanuel Ibarra, explicó que "se le imputa a la empresa la sobre extracción de material en la zona y generar infraestructura mineral en lugares que no estaban autorizados".

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  • Diario Usach

  • Jueves 6 de octubre de 2022 - 11:35

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) reveló esta jornada que formuló cuatro cargos contra la Minera Ojos del Salado, a cargo del proyecto operacional en la Mina Alcaparrosa, ubicada a 900 metros al noroeste de la zona urbana de Tierra Amarilla, por el socavón de más de 60 metros de profundidad, y que generó un agujero de más de 35 metros de diámetro, el pasado 30 de julio. 

El superintendente del Medio Ambiente (s), Emanuel Ibarra, explicó que este proceso sancionatorio se lleva a cabo tras la recopilación en terreno de información del equipo de la Oficina Regional de Atacama de la SMA, información entregada por Sernageomin y la DGA, junto a los reportes entregados por la minera en el marco de Medidas Provisionales dictadas pocos días después de la aparición del socavón.

El superintendente del Medio Ambiente (s), Emanuel Ibarra, explicó que se trata un cargo grave, por la sobre extracción de mineral, uno gravísimo, por la modificación de la infraestructura minera ambientalmente evaluada, y dos leves, todas que se asocian a la existencia de este socavón.

"Se acusa a la empresa, se le imputa, la sobre extracción de material en la zona. También por generar infraestructura mineral en lugares que no estaban evaluados ni autorizados", aseguró Ibarra.

Agregó que "esto habría generado un daño ambiental en el acuífero del río Copiapó porque se está generando una entrada de agua hacia la mina que no estaba considerada en la evaluación ambiental".

La minera arriesga una multa que puede llegar hasta $12.300 millones e incluso arriesga la clausura del lugar. 

El superintendente del Medio Ambiente (s) indicó que con esta formulación se abre un procedimiento donde deberá ponderarse la visión de la comunidad; la de la Municipalidad que es parte interesada en el caso; y las defensas que presente la empresa, para luego de ello "tomar la decisión y determinar las sanciones que corresponden aplicar".

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