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La Haya declara que el Silala es un cauce internacional y que el uso chileno es “razonable”

Además, tanto Chile como Bolivia acordaron que ambos tienen derecho al uso equitativo y razonable de aguas del Silala, según el derecho internacional consuetudinario.

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  • Agencias

  • Jueves 1 de diciembre de 2022 - 12:26

 La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya confirmó que el curso del río Silala es internacional y que el uso que Chile hace de sus aguas es “razonable”.

Además, tanto Chile como Bolivia finalmente acordaron que ambos tienen derecho al uso equitativo y razonable de aguas del Silala, según el derecho internacional consuetudinario.

El tribunal exigió a Bolivia notificar de actividades que vayan a tener un alto impacto en el río y que la cooperación debiese imperar en la relación entre ambos países con respecto del caudal, por lo cual mencionó la realización de consultas.

Así, tanto las aguas superficiales como subterráneas son un conjunto unitario que fluyen de Bolivia a Chile, algo en lo que ambas partes concuerdan.

Cabe señalar que la demanda fue presentada el 6 de junio de 2016, cuando el entonces presidente de Bolivia, Evo Morales, acusó a nuestro país de robar las aguas del río. En reacción, la expresidenta Michelle Bachelet acudió ante la CIJ para que se declare al Silala como un curso de agua internacional.

Y si bien Bolivia concuerda en que el río es transfronterizo, realizó una contrademanda el 2018 aludiendo a que el caudal surge naturalmente de su territorio y que tiene un flujo desviado artificialmente durante la primera mitad del siglo XX, construido por una empresa de capitales británicos de ferrocarriles.

Después de seis años, la CIJ entregó su verdecito sobre el caso este 1 de diciembre en Holanda, donde estuvieron presentes la agente de nuestro país ante La Haya, la subsecretaria de Relaciones Exteriores, Ximena Fuentes, y la co-agente y exministra subrogante durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera, Carolina Valdivia.

Además, se estableció que nuestro país no ha presentado evidencia de que el país vecino haya causado daño al río. Mientras, se declaró que Chile no debe indemnizar a Bolivia por el uso de las aguas en el pasado.

En relación a la contrademanda de Bolivia, la CIJ indicó que las acequias no alteran el flujo del río, por lo que no existen dos flujos. De todas maneras, indicó que estas pueden desinstalarse, pero bajo consulta y cooperación entre las partes para evitar daño ambiental.

 

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