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Columna de Opinión

Populismo Geopolítico en el Cono Sur

Pablo Lacoste, Doctor en Estudios Americanos y Doctor en Historia. Académico de la Universidad de Santiago.

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  • Martes 31 de agosto de 2021 - 14:15

Se ha creado una nueva guerra de mapas en el extremo sur, a partir de decisiones de los gobiernos de Chile y Argentina, reñidas con los tratados internacionales vigentes, orientadas a crear expectativas y arrebatar las banderas de liderazgo nacionalista. Así se refleja en los mapas de limites creados por la ley 27.557 (2020) de Argentina y el decreto 95 del 23 de agosto de 2021 en Chile.

El tema ha despertado nuevamente el interés público, y ha generado fuertes debates en las redes sociales y foros de opinión de los medios masivos de comunicación, en los cuales están aflorando antiguo prejuicios nacionalistas y xenófobos. Estas tensiones representan el resultado obvio de los manejos torpes por parte de las autoridades de ambos países, y la única forma de recuperar la calma y la concordia, es a través de una explicación precisa del problema.

El mapa del gobierno de Alberto Fernández (2020) plantea una visión completamente nueva de Argentina, con su centro en Tierra del Fuego, y presentando como territorios de su absoluta soberanía el sector antártico, el cual se superpone con los espacios reclamados por Chile y otros países. Esta carta representa una actitud de Populismo Geopolítico, al entregar a la población nacional una visión grandilocuente y confusa de la soberanía, colocando en el mismo nivel los territorios donde Argentina tiene derechos inobjetables, con espacios sujetos a las negociaciones internacionales del Tratado Antártico. Esa mezcla de conceptos no es inocente: sirve para halagar emociones nacionalistas y obtener beneficios políticos de corto plazo, falsificando situaciones que no existen en la realidad: ningún país del mundo reconoce derechos soberanos sobre la Antártida. El mapa de 2020 miente al mezclar soberanía real con pretensión de máxima.

La respuesta al mapa argentino de 2020 es el decreto chileno de 2021. En este caso, el gobierno ha ordenado extender la zona económica exclusiva y la plataforma continental, desde el archipiélago chileno Diego Ramírez hacia el este, avanzando más de 300 km dentro del Océano Atlántico.

Esta reivindicación vulnera el Tratado de Paz de 1984, firmado por Chile y Argentina, el cual estipula que, al sur del Cabo de Hornos, la delimitación de la soberanía entre ambos países, sería el meridiano de 67° y 16’ longitud occidental. En esa línea se estableció el límite entre el Atlántico y el Pacífico, dejando a cada país como soberano dentro de su propio océano. Ello implicaba reconocer el principio bioceánico del Protocolo de 1893, por el cual se consagraba el principio “Argentina en el Atlántico y Chile en el Pacífico”.

El mapa oficial del Tratado de 1984 trazaba una línea vertical, desde el Cabo de Hornos hacia el sur, por el citado meridiano de 67° 16’, a lo largo de 300 km, hasta llegar al llamado “punto F”, situado a 58° 21’ de latitud sur. Este criterio fue respetado por el presidente Piñera, pues, hasta ese punto, el decreto 95/2021 no reivindica proyección territorial chilena hacia el este, respetando el Tratado de 1984. El problema se presenta al sur del punto F.

En efecto, la nueva delimitación territorial del Decreto 95/2021 extiende la Zona Económica Exclusiva chilena hacia el este, al sur del punto F, entre los paralelos 58° 21’ y 60°. Implícitamente, esta nueva demarcación reconoce que Chile no puede pretender espacios en el Atlántico al Este del Cabo de Hornos entre los paralelos 55° y 58° 21’. Pero interpreta que sí tiene derecho a proyectarse hacia el Atlántico al sur del punto F.

Sin embargo, esta interpretación está reñida con el Tratado de 1984, el cual, en su Artículo 7° señala textualmente: “Al sur del punto final del límite (Punto F), la Zona Económica Exclusiva de la República de Chile se prolongará hasta la distancia permitida por el derecho internacional, AL OCCIDENTE DEL MERIDIANO 67° 16’ longitud Oeste, deslindando al oriente con Alta Mar”.

Este documento está publicado en el Registro Oficial de la República de Chile, n° 32.170, Santiago, 14 de mayo de 1985,  pp.3-4. Se puede ver en el siguiente link:  https://obtienearchivo.bcn.cl/obtienearchivo?id=recursoslegales/10221.3/35109/1/Tratado_de_Paz_y_Amistad.PDF

Como es evidente, resultan contradictorios el Tratado de 1984 con el nuevo decreto, publicado en el Boletín Oficial del 27 de agosto de 2021 (https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2021/08/27/43039/01/2000795.pdf)

Es triste que los gobiernos del Cono Sur de América hayan reactivado la antigua guerra de mapas entre ambos países, lo cual implica reabrir viejas tensiones y rivalidades. Los debates en las redes y foros de opinión de los medios de comunicación reflejan el incremento de la temperatura nacionalista, como en tiempos tristes de la década de 1970. Al parecer los gobiernos de ambos países no han podido resistir la tentación del populismo geopolítico.