El Juzgado de Familia de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado por el candidato presidencial del PDG, Franco Parisi, en el marco de un proceso por deuda de pensión alimenticia.
Cabe recordar que Parisi tiene orden de arraigo nacional por una deuda de pensión alimenticia que supera los 200 millones de pesos, situación que fue informada por Canal 13 en un reportaje.
Tras esto, el propio Canal 13 pudo confirmar que fue rechazada su petición de nulidad, donde se desestimaron sus argumentos.
"La obligación de informar el domicilio correcto, no la tenían los alimentarios, sino el propio alimentante quien debió informar al tribunal todo cambio de domicilio dentro del plazo de 30 días desde que se produjo, bajo sanción de aplicar una multa", sostiene el juzgado, que además acredita que Parisi no paga los dineros desde 2016.
"Al respecto el artículo 1698 del Código Civil hace de cargo del deudor comprobar el pago, a los alimentarios acreditar la existencia de la obligación –justificado en la causa- y el artículo 14 de la ley 14908 obliga a adoptar incluso de oficio los apremios personales advertida la existencia de un incumplimiento", señala el texto al que accedió Canal 13.
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